1. Orden especulativo y orden práctico
a) Praxis y razón práctica
1. Por claridad metodológica adopto el vocablo “inteligencia” para referirme a la facultad cognoscitiva que trasciende por encima de lo sensible. Otras expresiones son fácilmente comprensibles. Así, “intelecto” designa la función intelectual de conocer inmediata e intuitivamente los primeros principios del orden teórico y práctico. En cambio, “razón” se emplea para la función mediata y discursiva de sacar conclusiones, la cual puede ser también tanto especulativa como práctica.
Para trazar con precisión el límite que hay entre lo especulativo y lo no especulativo, conviene advertir que la inteligencia es especulativa cuando tiene por objeto la verdad de las cosas en sí mismas consideradas; la verdad especulativa es la conformidad del pensamiento con la realidad, con las cosas efectivas: en este caso la inteligencia se limita a “aprehender” los objetos. Mas cuando la inteligencia tiene por objeto la verdad referida a la voluntad y a las obras es práctica; su misión no es ya aprehender los objetos, sino “dirigirlos para realizarlos”. La verdad práctica es la verdad de las obras en orden a un bien; no es un reflejo de la cosa que nos incita externamente, sino la regla y la norma de lo que tiene que realizarse externamente. Ni hay dos facultades, sino la extensión de una sola inteligencia a la operatividad humana[1]. Continuar leyendo